Portal Víctimas de Maltrato, Abuso y Hostigamiento Sexual

 

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Víctima de agresión física y/o Sexual - ¿Qué hacer y dónde acudir? | Orden de Protección | Albergue u Hogar de Refugio


Líneas Telefónicas Dónde Puede Conseguir Ayuda


Puerto Rico

Agencia de Asistencia a Víctimas de Agresión Física y Sexual-

1- Centro Nacional para Víctimas del Crimen (National Center for Victims of Crime) - Es una organización protectora y el recurso principal de la nación dedicado a ayudar a que las víctimas del crimen puedan rehacer sus vidas. Las víctimas pueden llamar para recibir consejería, orientación e información sobre sus derechos legales, compensación disponible, planes de seguridad, opciones civiles de justicia y para recibir referidos a los servicios comunitarios disponibles cercanos a su área de residencia. El número de teléfono a llamar es un 800 libre de costos - 1 (800) FYI-CALL: 1 (800) 394-2255 / 1 (800) 211-7996  El servicio se encuentra disponible en más de 150 idiomas. E-mail: gethelp@ncvc.org Otro número de teléfono que puede considerar para conseguir información es el de Safe Horizon: En Puerto Rico es el 1 (800) 981-9676  Teléfonos locales: (787) 722-2907; 721-7676; 722-2857; 722-2907 Web: www.safehorizon.org y la línea de orientación para la mujer 1 (800) 722-2977 Hablan español e inglés. Web: www.womenshealth.gov

 
2- Centro de Ayuda a Víctimas de Violación (CAVV) -  Emergencia Metro: (787) 765-2285 (en horario laborable de lunes a viernes de 8:00 AM a 5:00 PM, al (787) 474-2028 (fuera de horario laborable, 7 días a la semana)
o al 1-800-981-5721. . Provee servicio de emergencia vía teléfono, consejería, referidos, asistencia legal y servicios médicos a mujeres y niñas víctimas de abuso sexual. Además ofrece, a la comunidad, educación y sirve como perito en casos legales sobre abuso sexual.    

  Teléfonos por área:

   o  San Juan (787) 765-2412

   o  Caguas (787) 745-0808

   o  Arecibo (787) 817-3054

   o  Mayagüez (787) 832-5053 Ext.121

   o  Ponce (787) 844-0101 Ext. 307

 
3- Puerto Rico Rape Crisis Center - 787-756-0910 


4- Línea Nacional de Ayuda para las Víctimas de Asalto o Agresión Sexual (National Sexual Assault Hotline) Es la red de organización más grande en los Estados Unidos que atiende a víctimas de violación, abuso sexual e incesto. Provee también ayuda confidencial con "chat room" a través del Internet. El número a llamar es el 1 (800) 656-HOPE: 1 (800) 656-4673. Lugar en el Internet (www.rainn.org)

5 - Línea de Maltrato – (General)
    1-800-981-8323

6 -
Línea de Maltrato a Menores
    
(787) 749-1333 (Metro)
     1-800-981-8333 (Isla) Proceder ante un caso de maltrato a un menor en Puerto Rico:
*Mediante la Ley 177 se establece que el Departamento de la Familia y las agencias del Estado Libre Asociado del Puerto Rico elaborarán y adoptarán la reglamentación y los acuerdos colaborativos necesarios para la implantación de la misma.

La obligación de ofrecer información sobre la situación de maltrato recae en la persona que tiene sospecha o conocimiento de la situación. Cualquier persona que tuviere conocimiento o sospecha de que un menor es víctima de maltrato, maltrato institucional, maltrato por negligencia y/o maltrato por negligencia institucionalinformará tal hecho a través de la Línea Directa para las Situaciones de Maltrato, Maltrato Institucional, Maltrato por Negligencia y Maltrato por Negligencia Institucional a la Policía de Puerto Rico en la forma que se dispone en esta Ley.  El(la) informante cuando llame a la Línea debe solicitar el nombre  del operador que toma la información del referido y el número del referido. Posteriormente, completará el formulario oficial para referidos del Departamento de la Familia, el cual será remitido al Central Estatal de Casos de Protección. Esta persona también deberá informar la situación a el(la) trabajador(a) social escolar de la Escuela correspondiente. Si la situación presenta una amenaza inmediata de daño o peligro al estudiante, el(la) trabajador(a) social escolar, maestro(a), consejero, director escolar asumirá custodia protectora de emergencia, según establece el Artículo 23 de la Ley 177, antes mencionada.

Cualquier funcionario escolar, del Departamento de Salud, de la Vivienda,  de la Administración de Servicios de Salud y contra la Adicción, de Institución Juvenil, del Departamento de Corrección o inclusive cualquier funcionario empleado o personal de la Policía que observe posea o reciba información sobre el posible maltrato de cualquier menor de edad, ya sea civil o confinado, procederá inmediatamente a referir la situación al Departamento de la Familia, Administración de Familias y Niños (ADFAN) mediante la Línea Directa para Situaciones de Maltrato, Maltrato Institucional, Negligencia y Negligencia Institucional o al 911, la Policía de Puerto Rico. La información así suministrada será mantenida en estricta confidencialidad, así como la identidad de la persona que suministró la información. El Departamento de la Familia investigará, requerirá, referirá y atenderá las situaciones de maltrato institucional y/o negligencia institucional a través de un conjunto de normas, procedimientos y reglamentos, que hacen posible se cumpla con las responsabilidades conferidas en la Ley Núm. 177. Cuando se alegue maltrato o negligencia institucional, se procederá a investigar diligentemente para que se fijen responsabilidades y se protejan los derechos de los menores.

En las situaciones en que se requiera atención médica, se llevará inmediatamente al menor a evaluación médica o tratamiento, aún sin el consentimiento del padre, madre o persona encargada del menor en aquellos casos que éstos se opusieren o no estuviesen disponibles en el momento.

7 - Emergencias Sociales
    (787) 743-1333
    (787) 794-5750
    1-800-981-8333

8 - Línea de Orientación y Apoyo Familiar

    (787) 977-8022
    1-888-359-7777

9 - Línea de Asistencia a Personas de Edad Avanzada - (OGAVE)

    Oficina de Asuntos Legales - Ofrece asistencia y orientación legal para la protección y prevención del maltrato en las personas de edad avanzada.
    Página Web de OGAVE: http://www.gobierno.pr/OGAVE/oficinaAsuntosLegales/
    On-line Mail: http://www.gobierno.pr/GenericAgencyPortal/contactenos.aspx
    Teléfono: (787) 721-6121 ext. 290/291

Código Telefónico de Emergencia - Código 911. Si es víctima de agresión y necesita ayuda inmediata. Marque el 911, la llamada será contestada por un operador en persona, las 24 horas al día, los 7 días a la semana. El servicio incluye traducción disponible en 170 idiomas. Se recomienda el que siempre pida el nombre de la persona que conteste la llamada.